Ciudad Quesada: Decreto constitutivo de la Comisión Diocesana de Protección de Menores y Adultos Vulnerables

Considerando que:

  1. En los últimos años, los medios de comunicación masiva han revelado una cantidad alarmante de abusos sexuales a menores por parte de sacerdotes, religiosos y servidores de la Iglesia Católica, en diferentes países del mundo, y Costa Rica no es la excepción.
  2. Por lo anterior, el Papa Francisco instituyó, en el año 2014, la Comisión Pontificia para la Protección de los Menores, con el fin de ofrecer propuestas e iniciativas orientadas a mejorar las normas y procedimientos para la protección de todos los menores y adultos vulnerables.
  3. Es muy importante y necesario recuperar la confianza y la credibilidad en la Iglesia, a través de esfuerzos que logren que las familias sientan que sus hijos están protegidos en la Iglesia como un lugar seguro. Como lo afirmó el Papa Francisco, en el 2015, a las Conferencias Episcopales “no hay absolutamente lugar en el ministerio para los que abusan de los menores”.
  4. Los abusos son siempre la consecuencia del exceso de poder, aprovechando una posición de inferioridad del indefenso abusado que permite la manipulación de su confianza y su fragilidad psicológica y física. El objetivo de la Iglesia será escuchar, tutelar, proteger y cuidar a los menores abusados, explotados y olvidados, allí donde se encuentren.
  5. Con la guía de la Comisión Pontificia para la Protección de Menores, la Iglesia deberá centrarse en la protección de menores y adultos vulnerables; tener una seriedad impecable ante cada caso; hacer énfasis en una verdadera purificación y santificación de los pastores; lograr una formación equilibrada a los candidatos idóneos al sacerdocio; reforzar las directrices de las Conferencias Episcopales para la prevención de abusos en todas las instituciones y ambientes eclesiales y contar con un efectivo acompañamiento a las víctimas.

RESULTANDO QUE:

  1. La Santa Sede publicó una breve “Guía a la comprensión de los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a las acusaciones de abusos sexuales”, además, de las Líneas Guía generales y universales para el tratamiento de estos casos.
  2. El Papa Francisco también ofreció a la Iglesia la Carta apostólica, en forma Motu proprio, “Vos estis lux mundi”, que entró en vigor el 1 de junio de 2019.
  3. Desde el 2 de abril de 2019, la Conferencia Episcopal de Costa Rica ha establecido una Comisión Nacional para la Protección de Menores y Adultos Vulnerables, así como un documento llamado Líneas Guía para los casos de Abuso Sexual a Menores y Adultos Vulnerables por parte del Clero y los Consagrados, el cual es el referente y guía de todas las Diócesis del país en este campo. En este documento ya se contemplan las Líneas Guía dadas por la Santa Sede.

DECRETA:

  1. Constituir la Comisión Diocesana para Protección de Menores y Adultos Vulnerables, compuesta por: el suscrito Obispo diocesano como Presidente, Pbro. Albán Arroyo Vega (derecho canónico), Lic. Ivannia Barboza Carvajal (derecho civil), Bach. Gerardo Mora Pana (comunicación), Lic. Angie Pamela Mejías Espinoza (psicología) y el Sr. Ignacio Mesén Aguilar (administración diocesana).
  2. Las funciones principales de esta Comisión diocesana serán las siguientes:
  3. a) La curación y el cuidado pastoral de las víctimas y sobrevivientes de abuso sexual, buscando un ambiente de prevención ante tales delitos.
  4. b) El cumplimiento de políticas eficaces, procesos adecuados y procedimientos útiles para las denuncias sobre abusos sexuales a menores por parte de clérigos o laicos voluntarios de la Iglesia, así como para la protección de menores y adultos vulnerables, en coordinación con la Comisión Nacional de Protección de Menores y Adultos Vulnerables.
  5. c) Dado que el abuso sexual de menores no es sólo un delito canónico, sino también un crimen perseguido por la autoridad civil, sin perjuicio del foro interno o sacramental, siempre que se sigan las prescripciones de las leyes civiles, esta Comisión remitirá los delitos de abuso a las legítimas autoridades civiles correspondientes, y colaborará con ellas en todo cuanto sea posible. Esta colaboración no se refiere sólo a los casos de abuso sexual cometido por clérigos, sino también a aquellos casos de abuso en los que estuviera implicado el personal religioso o laico que coopera en las estructuras eclesiásticas.
  6. Las denuncias relativas a las funciones y competencias de esta Comisión, se podrán presentar en la Curia diocesana de Ciudad Quesada, 200 sur del templo parroquial de San Martín.
  7. La Comisión tendrá vigencia hasta que no se disponga todo lo contrario.

Dado en la sede episcopal, a los 2 días del mes de diciembre del Año del Señor 2019.

Monseñor José Manuel Garita Herrera, Obispo de Ciudad Quesada

Pbro. José Pablo Chaves Sánchez, Canciller.